Tribunal Electoral de BC pronuncia fallo que favorece la candidatura a gobernador de Jaime Bonilla
De no existir impugnación en esta semana, el Instituto Estatal Electoral (IEEBC) deberá publicar una nueva convocatoria en donde se establezca que el periodo de la gubernatura en Baja California se amplía a 5 años, lo que dejaría a Jaime Bonilla Valdez, candidato del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), como el más claro beneficiado.
4 Vientos / Foto principal: La Jornada BC
25 de febrero del 2019.- Esto porque en lo que parece una acción previamente concertada, dos de los tres magistrados del Tribunal de Justicia Electoral del Estado cancelaron las modificaciones a la Constitución local plasmadas en el artículo Octavo Transitorio del artículo 44 de la Carta Magna estatal, hechas el 17 de junio de 2014, para reducir el periodo de la próxima gubernatura, alcaldes y diputados a 2 años 10 meses.
El objetivo de esa reforma, hecha por la mayoría de los legisladores de la XXI Legislatura, además tenía por objeto empatar los procesos electorales locales y federales del año 2021 y así reducir los costos de las votaciones.
En la sesión de ayer domingo por la noche, los magistrados Leobardo Loaiza y Jaime Vargas determinaron que se violan los derechos fundamentales de los candidatos, entre ellos los de Blanca Estela Fabela Dávalos e indirectamente los de Héctor Alberto Carvajal Franshini, de Morena, que el pasado 22 de enero demando ante el Tribunal Electoral la nulidad de la Reforma Constitucional que redujo el período de la gubernatura del Estado a dos años.
Así, de no existir una impugnación a la resolución del Tribunal Electoral en los próximos 4 días (hoy se notificará al IEEBC), el próximo gobernador iniciará su periodo el 1 de noviembre de 2019 y concluirá en 2024. Para los cinco presidentes municipales y los 25 diputados la resolución aparentemente no será aplicable.
No es esta la primera vez que se intenta cambiar la reforma electoral del estado. En septiembre del año pasado el Colegio de Abogados “Emilio Rabasa A.C.”, de Tijuana, planteó esa posibilidad al Congreso del estado quien se pronunció de manera unánime en el sentido de que no era posible hacer la modificación porque el proceso electoral ya estaba en marcha.

Foto tomada de video del Tribunal Electoral de BC.
En una opinión jurídica respecto a la propuesta, la XXII Legislatura aclaró que las leyes electorales -federales y locales- deben promulgarse por lo menos 90 días antes de iniciado el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no puede haber modificaciones legales fundamentales.
“Se precisa que de acuerdo a la norma, el proceso electoral dará inicio el segundo domingo del mes de septiembre del año anterior a la elección, situación que en Baja California ya ocurrió desde el pasado 8 de septiembre de 2018, por lo que dicha reforma no podría tener aplicación en este proceso electoral; por lo tanto se considera que ya no hay momento legal oportuno para cambiar la duración del período del próximo gobernador”, refirió el posicionamiento oficial del congreso.
Días después, en los primeros días de octubre del 2018, el secretario general de gobierno, Francisco Rueda Gómez, consideró que la propuesta del colegio de abogados, que presentó en el congreso del estado el diputado de Morena Víctor Morán Hernández, esposo de Blanca Estela Fabela Dávalos, estaba “fuera de lugar”.
Básicamente, el funcionario coincidió con la interpretación jurídica que argumentó el poder legislativo de Baja California sobre el tema al declarar que el diputado Morán Hernández tenía el derecho a interponer iniciativas en el Congreso del Estado; sin embargo, consideró que las iniciativas propuestas tiene que cumplir el proceso legislativo: primero en comisiones y luego en el pleno parlamentario.
“Y por tratarse de una reforma de tipo electoral y al haber ya iniciado el proceso electoral para el próximo año, nosotros consideramos que ya no dan los tiempos”, reiteró.
Justo en esas semanas del año pasado la Presidente del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Yeidckol Polevnsky, estuvo en Tijuana y consideró “adecuado” el cambio de periodo de gubernatura a cinco años en Baja California.

Polevnsky: historias tenebrosas de Morena en Baja California (Facebook).
Por esas fechas también crecía mediáticamente la posibilidad de que Jaime Bonilla, entonces Senador Electo de Baja California, fuera el candidato de Morena a la gubernatura del estado, tras largos años de estar trabajando en ese proyecto.
En el que fue el segundo intento por modificar el artículo Octavo Transitorio del artículo 44 de la Carta Magna estatal, Blanca Estela Fabela Dávalos, representante de Morena ante el Instituto Estatal Electoral (IEEBC), demandó el pasado 22 de enero la nulidad de la Reforma Constitucional; esto después de presentar su solicitud para buscar la candidatura de ese partido para el cargo que oficialmente disputaría Jaime Bonilla Valdez.
La reforma electoral del 2014, sintetizaba la demandante, violaba “de forma directa e inmediata” su derecho humano a ser votada.
El Presidente en funciones de Morena en Baja California, Leonel Godoy Rangel, manifestó a principios de febrero que el registro de Fabela fue extemporáneo, pero que aun así platicaba con ella para convencerla de que el candidato único a la gubernatura era Bonilla Valdez, a quien se debía unir para evitar que Morena tuviera problemas en la elección estatal.
En su petición, la esposa de Víctor Morán esgrimió como argumentos los mismos que utilizaron los abogados colegiados de Tijuana: la promulgación en la Gaceta oficial de la reforma la hizo el Secretario General de Gobierno en lugar del gobernador Francisco Vega de Lamadrid; que los diputados del Partido Acción Nacional (PAN) y el gobierno estatal “se coludieron” para evitar que se conociera en forma legal el contenido de la reforma y sus artículos transitorios, particularmente el Octavo que establece la reducción de 5 a 2 años el periodo de mandato en el caso de la gubernatura.
A ella se sumó el abogado Héctor Alberto Carvajal Franshini quien demandó legalmente ante el IEEBC y el Tribunal Electoral dos cosas: 1.- que al no estar entonces aprobada la coalición “Juntos Haremos Historia en BC” por el Instituto Electoral, la convocatoria de Morena para registrar candidatos en el estado estaba vigente; y 2.- que la reforma constitucional al artículo Octavo Transitorio del 17 de junio de 2014, era inválida porque no cumplió el proceso legislativo legal correspondiente, por lo que el periodo de gobernador debía ser de 6 años y no de 2.

El diputado Víctor Morán (junto a Jaime Bonilla, a la derecha), se arrima a buena sombra (Foto: La Jornada BC).
En el intermedio de esta maraña de inconformidades, resalta un hecho: Víctor Morán renunció a su cargo como legislador, en enero de este año, para ocupar el cargo de Coordinador Federal de Seguridad Ciudadana en Baja California. Esto a propuesta hecha por el delegado de Programas Sociales del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador en el estado: Jaime Bonilla Valdez, hoy virtual candidato de Morena al gobierno estatal.
Ayer, durante la sesión extraordinaria del Tribunal Electoral para resolver la demanda de la esposa de Víctor Morán, Elva Regina Jiménez Castillo, Presidente de la entidad electoral, votó en contra del proyecto. Consideró que la resolución del magistrado ponente Leobardo Loaiza, “excede las facultades de control normativo del Tribunal, y violenta los principios de Certeza y reserva de ley”.
Y afirmó que con la reforma electoral del 2014 “no vulneró ningún derecho humano, por lo que resulta excesivo el modificar el periodo del próximo titular del Ejecutivo ya que también se vulnera la actividad legislativa” en Baja California.
Leobardo Loaiza señaló por su parte que se cumplió en lo legal con la actividad parlamentaria en su discusión, aprobación y publicación de la reforma que reduce el periodo a dos años, pero que asistiendo a la persona que impugnó “llegué a la conclusión que sí hay un agravio de inconstitucionalidad porque se afectan los derechos políticos de votar y ser votada por el periodo que establece la Constitución Federal para el cargo de gobernador, el cual es de seis años”.
Además, dijo, la resolución no se confronta al principio de Certeza porque no constituye una modificación fundamental a leyes electorales y al proceso mismo de los comicios.
“No perjudica a los actores políticos; al contrario los beneficia… Además el plazo de 2 años resulta insuficiente para las políticas públicas del gobierno del estado”, expresó finalmente.