SCJN concede a diputados la suspensión provisional del Acuerdo del INE que pospone la Revocación de Mandato
La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó esta noche admitir a trámite la controversia constitucional 224/2021 promovida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en contra del Acuerdo aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE) en el que determinó posponer la realización del proceso de Revocación de Mandato 2021-2022.

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4 Vientos / Foto destacada: Edificio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la zona Centro de la Ciudad de México (Cortesía SCJN).
Ensenada, B.C., México, miércoles 22 de diciembre del 2021.- En un comunicado, la Suprema Corte destacó que al admitir la petición de los diputados federales, se determinó conceder la suspensión provisional solicitada por el Congreso de la Unión para que el INE se abstenga de ejecutar el acuerdo por el que pretendía posponer cualquiera de las actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del Presidente de la República.
“En consecuencia, (el INE) debe continuar con la organización y el desarrollo de la totalidad de las actividades del proceso de revocación de mandato hasta su conclusión con el presupuesto aprobado de 1,503 millones de pesos, el cual constituye un indicador de viabilidad financiera”, indica el escrito.
Además. las ministras Jazmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat determinaron en el comunicado que, con la concesión de la suspensión provisional, “se favorece la continuidad de un ejercicio democrático y ciudadano.”
Destacan que el párrafo segundo del artículo 29 de la Constitución Política del país establece que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general.
“Por lo que la ejecución del Acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato.”

Las ministras Margarita Ríos Farjat y Jazmín Esquivel Mossa (Foto Cortesía de la SCJN).
La Comisión de Receso correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones de 2021, advirtió lo determinado en el incidente de suspensión derivado de la diversa controversia constitucional 209/2021, en la cual el Ministro Instructor sostuvo que resultaba improcedente conceder al INE la suspensión para el efecto de que no realizara ajustes a su presupuesto como se prevé en el artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato.
La resolución también aclara que será hasta enero cuando la demanda promovida por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, será turnada a alguno de los 11 ministros de la SCJN, además de que se definirá si se le da el carácter de prioritaria como también se pidió.
Las ministras lo puntualizaron así: “Respecto a la solicitud que formula el presidente de la Mesa Directiva en representación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el sentido de que este asunto se tramite y resuelva de manera prioritaria. Infórmese al Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, que el expediente en que se actúa está en etapa de instrucción”.
Cabe destacar que apenas ayer martes 21 de diciembre, el diputado de Morena Sergio Gutiérrez Luna anunció que presentó una controversia constitucional ante la Corte en contra del acuerdo emitido por el INE en el que aplazó la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.