Sancionar a quien prohibe el libre acceso de la gente a las playas, demanda Claudia Agatón
La diputada ensenadense Claudia Agatón Muñiz, solicita al Congreso local que exhorte a la delegación estatal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), para que implemente un operativo de supervisión en las playas de los municipios de Tijuana, Playas de Rosarito, Mexicali y Ensenada, en coordinación con la delegación estatal de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a fin de ubicar aquellos sitios donde se está violando el libre acceso de la población al uso y disfrute de las playas.
A los 4 Vientos
La finalidad de ese operativo de Pofepa y Semarnat, especificó la legisladora del Partido del Trabajo, es iniciar los procedimientos administrativos correspondientes contra quienes prohíben el acceso de la gente a las playas del estado de Baja California.
“En los últimos años, y particularmente en Ensenada, grandes franjas de las más hermosas playas se han estado privatizando de facto, por parte de particulares que han obtenido concesiones en la zona costera”, afirma la diputada Claudia Agatón.
Con el propósito de garantizar que se respete la garantía establecida en el artículo 11 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos de la Ley General de Bienes Nacionales; el reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar.
En caso de que Semarnat y Profepa incumplan su obligación, la diputada Agatón dijo que se compromete personalmente a acompañar a las personas y agrupaciones ciudadanas que exigen su derecho de poder acceder y transitar por las playas, para documentar con un notario público el cierre de los accesos a las playas, el ilegal enrocamiento de las playas y la colocación de cercos en bocacalles y accesos de carácter público y en su momento “interponer las denuncias correspondientes en contra de los particulares y funcionarios públicos que se nieguen a cumplir con lo que la ley establece”.

Con rocas, muros y candados los empresarios dueños de desarrollos turísticos privatizan las playas y partes de la zona federal marítima. Foto: Estero Beach (internet)
En el punto de acuerdo que presentará durante la sesión plenaria del Congreso que se celebra en Playas de Rosarito, la diputada Agatón expone los siguientes argumentos:
En nuestra Carta Magna el constituyente mexicano, estableció el derecho de libre tránsito de toda persona por el territorio nacional, incluyendo el acceso a las playas.
En este sentido es importante mencionar que las playas constituyen un espacio de carácter recreativo, de gran atracción turística, posibilitan la realización de actividades deportivas y son por excelencia sitios de reunión familiar de las comunidades que viven en municipios con litorales costeros.
En los últimos años en diferentes partes del estado y particularmente en Ensenada, se ha venido registrando en la práctica, una “privatización” de las playas por parte de particulares que han obtenido concesiones en la zona costera.
Esta situación impacta no únicamente en el derecho de las personas a transitar libremente por las playas, sino que también afecta a los prestadores de servicios turísticos que ven como muchos visitantes particularmente al turismo de origen nacional o extranjeros que viajan a bordo de sus vehículos, se retiran de Ensenada al no tener acceso a las playas, más allá de la zona a la que se le ha denominado como playa municipal, playa CONALEP y Playa del Ciprés.
Incluso, para muchos ensenadenses resulta aberrante que no puedan entrar a las playas a las que por años accedieron de forma libre, debido al asentamiento de hoteles o fraccionamientos privados, muchos de estos, en donde residen extranjeros.
De tal forma que un importante sector de la sociedad ensenadense se siente despojada de un bien común y peor aún que sean rechazados o intimidados por particulares extranjeros o nacionales para impedirles el acceso o tránsito por las playas.
Y podemos entender que quienes invierten en infraestructura turística o de vivienda y que poseen por distintas formas de propiedad terrenos con frente al mar, tengan el derecho de implementar mecanismos de seguridad de sus propiedades. El problema es cuando dichas construcciones o desarrollos impiden el acceso a las playas.
Para entender un poco esta problemática, se tendría que hacer un recorrido por distintas playas en donde ahora los particulares colocan letreros de prohibido el paso, propiedad privada o incluso en donde han enrocado playas, de forma tal, que los accesos y el tránsito por las playas se hacen imposibles cuando existe marea alta.
Es por tal razón que, en atención a la petición de muchas organizaciones de la sociedad civil de agrupaciones surfistas, de ambientalistas y prestadores de servicios turísticos es que hago eco de su voz para presentar esta propuesta tendiente a garantizar el libre acceso a las playas.
Y no intentamos descubrir el hilo negro en esta materia y sabemos que no somos los primeros en presentar esta propuesta, pero si sabemos que a pesar de que ya en el pasado este tema ha sido abordado, incluso desde la cámara de senadores, sin que a la fecha haya habido una respuesta efectiva para la sociedad y para que se respete el espíritu de la constitución y la letra de las leyes de la materia que garantizan el acceso y libre tránsito por las playas que son propiedad de la nación.

Cierran paso a playa en Rosarito y obstruyen el acceso con cascajo. Foto: periódico Frontera
Esta situación ha llegado al extremo en que las personas que detentan terrenos con frente al mar, han clausurado bocacalles que antes llegaban a la zona de playas, sin que autoridad alguna intervenga para impedir estos despojos. Incluyendo las autoridades municipales en donde en sus planos, estas áreas están reconocidas como vialidades públicas.
Entonces, si la ley no se respeta han de tolerar ser víctimas las mayorías ante el interés de unos cuantos, esto implicaría no solo una violación por parte de particulares sino un claro desacato y negligencia por omisión de parte de las autoridades que deben hacer cumplir la ley.
En este sentido cabe recordar que los artículos 7 y 8 de la Ley General de Bienes Nacionales establecen con claridad que son de uso común entre otros, las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales y La zona federal marítimo terrestre; asi mismo señala que todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos.
Por otra parte, en el Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar. Se indica en el artículo 7, que las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las siguientes. Fracción segunda: Se prohíbe la construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes, con excepción de aquéllas que apruebe la Secretaría atendiendo las normas de desarrollo urbano, arquitectónicas y las previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Por lo que todo desarrollador turístico, fraccionador o concesionario que incurra en incumplimiento de estos preceptos legales debe ser sancionado y la autoridad debe restablecer el acceso a las playas, ya que en caso contrario se estaría incurriendo en violaciones a la constitución y a las leyes correspondientes en esta materia, al pretender privatizar las playas y/o negar a la población el acceso a las playas que son bienes nacionales.
Se ha dado el caso de que accesos que no son parte de concesión alguna, han sido bloqueados con mallas o cercos, lo que implicaría una flagrante violación en contra de los bienes nacionales y la autoridad tendría que iniciar los procesos sancionadores correspondientes con base a la prohibición de la ley general de bienes, para usar, aprovechar o explotar un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente.
Por último, es importante mencionar que, en el presente acuerdo, estamos solicitando única y exclusivamente lo que la propia ley establece como responsabilidad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de vigilar de manera periódica las playas, para salvaguardar los intereses patrimoniales de la Nación. Y que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, cumpla con su obligación de vigilar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y terrenos ganados al mar.