Sala regional del tribunal electoral federal retira cargo de Senador a Jaime Bonilla; a él aún le queda una instancia legal para evitarlo, pero…
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió de manera unánime que quede sin efectos la reincorporación de quien fuera Gobernador del Estado de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, a sus actividades como Senador de la República.

Jaime Bonilla, a punto de quedar como el perro de las dos tortas (Foto: Carlos Luna | OEM-Informex)
Javier Cruz Aguirre / 4 Vientos / TEPJF / Senado de la República
Foto destacada: Bonilla en el Senado; ¿se quedará en la curul legislativa? (La Jornada).
Ensenada, B.C., México, jueves 5 de mayo del 2022.- Los tres ministros que integran la sala –Gabriela del Valle Pérez, presidente interina del tribunal electoral; Omar Delgado Chávez, magistrado en funciones; y Sergio Arturo Guerrero Olvera– vincularon su resolución al Senado de la República para que convoque a la brevedad al suplente de Bonilla, Gerardo Novelo Osuna, a que se reincorpore en el cargo.
En los juicios ciudadano y electoral 58 y 16, ambos de este año y que se resolvieron hoy en la capital del estado de Jalisco, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara precisó que “existe un impedimento legal para que el ciudadano (Jaime Bonilla, del partido Morena- regrese al cargo, luego de haberse desempeñado como Gobernador durante la vigencia de una licencia por tiempo indefinido aprobada por la Cámara de Senadores”.
Los magistrados explicaron que al tomar protesta como mandatario estatal, Bonilla Valdez “optó por dicho cargo de elección popular y agotó su derecho a elegir entre ambos, quedando vacante la senaduría, de ahí que no sea posible su reincorporación a esta última.”
Al comentar la resolución de la Sala Guadalajara en un comunicado de prensa, el ex gobernador de Baja California dijo que el fallo no es definitivo, pues aún cuenta con la instancia de recurrir a la Sala Superior del tribunal electoral federal, y, en su caso, “será facultad del propio Senado, como poder autónomo de la unión, la separación o reincorporación de un servidor a sus funciones como senador”.
Bonilla confió en que las autoridades electorales de la Sala Superior respeten sus derechos y garantías, pues existe un impedimento legal para que un legislador que solicitó licencia para asumir otro cargo público, retome su lugar, acción que él tomó en marzo pasado luego de terminar su periodo de dos años como gobernador el 31 de octubre del 2021.

Jaime Bonilla y Gerardo Novelo en 2018; titular y suplente del Senado. Antes amigos, hoy enemigos acérrimos. El segundo puede volver a ocupar el cargo de senador titular (Foto: La Voz de la Frontera).
Apuntó: “Aquellos quienes perdieron todos los lujos del poder, quienes le hicieron tanto daño al Estado (Baja California) y a quienes echamos de sus lugares de privilegio con nuestro proyecto de transformación, impugnaron hace un mes mi regreso a representar los intereses del pueblo desde el Senado”.
Reveló que sus enemigos, que no identificó pero son Juan Marcos Gutiérrez González, como ciudadano, y Mario Osuna Jiménez, en representación del Partido Acción Nacional, abrieron dos juicios en su contra por su reincorporación al Senado ante la Sala Regional Guadalajara, misma que no debió admitirlos ya que los promoventes no cuentan con personalidad ni legitimidad suficientes para ello.
Asimismo señaló que el artículo 125 de la Constitución señala que ningún individuo podrá desempeñar dos cargos de elección popular a la vez, “situación que en este caso no se presenta pues en ningún momento se desempeñaron simultáneamente, toda vez que se solicitaron las licencias adecuadas y necesarias”.
Y concluyó que ni la Constitución del país o alguna otra ley señala que de elegir un cargo de elección popular, significa que se renuncia al otro, “ya que esto vulneraría no solo mis derechos, sino los de la ciudadanía que nos respaldó con su voto”.

Bonilla siempre se cobija en la enorme sombra que proyecta su “amigo”, el presidente Andrés Manuel López Obrador. Parece que los magistrados electorales de la federación no se la creen (Foto: revistabrecha.com).
Cabe destacar que estos argumentos ya los usó el ex mandatario en su defensa a los juicios que hoy perdió en la Sala Regional Guadalajara del TEPJF -los entregó a los magistrados el pasado 8 de abril-, pero se les consideró “infundados”.
Dice la resolución: “En principio, el derecho a ejercer el cargo no está comprendido en la materia parlamentaria y al efecto, la Sala Superior (del TEPJF) ha sostenido que los actos parlamentarios son revisables en sede jurisdiccional electoral cuando vulneren el derecho de ser votado en su vertiente de ejercicio efectivo del cargo y de representación de la ciudadanía”, por lo cual cita el veredicto del máximo tribunal electoral en la revisión de un juicio de amparo del año 2021.
Además, con citas directas a resoluciones tomadas anteriormente por la Sala Superior del tribunal electoral de la federación, los tres magistrados determinaron que “si se triunfa para dos cargos, no es posible permanecer en ambos alternadamente, de manera indefinida, con las licencias correspondientes (…) Si se obtiene un cargo de elección popular y durante ese encargo se alcanza el triunfo para un diverso cargo de la misma naturaleza, en ese momento surge el deber de optar por alguno de ellos, y éste debe ejercerse, ante lo cual ya no existe la posibilidad jurídica de regresar al anterior o de alternar indefinidamente ambos cargos.”
Y subrayaron que si bien el artículo 62 de la Constitución federal prevé la posibilidad de que puedan cesar para desempeñar con licencia alguna otra comisión o empleo, se refiere a cualquiera al cual no se acceda por elección popular, estableciendo licencias que lo permitieran con el consecuente derecho de reincorporación, a diferencia del 125 constitucional en el que quien alcanza dos cargos de representación popular, debe optar por alguno de estos, lo que no les da derecho a alternar indefinidamente.
De otra manera, destacaron los tres magistrados de la Sala Guadalajara, el constituyente habría aceptado la posibilidad de licencia por tiempo indefinido para este último supuesto; “sin embargo, determinó que debía elegirse el encargo a desempeñar”, ya que “si se permitiera regresar y alternar entre dos cargos de elección popular, se podría afectar negativamente la esfera jurídica de quienes lo eligieron para tales cargos, pues tienen derecho a que se determine cuál es la representación política que se ejercerá y respecto a quién la ejerce efectivamente, incluso puede darse el caso de conflictos de intereses, de ahí que no se permita el ejercicio de ambas representaciones“.
Por todo ello, resolvieron que “el hecho de que el cargo de Senador de 2018 a 2024 sea mayor al de Gobernador de Baja California que ejerció de 2019 a 2021, no debe traducirse en una excepción para concluir que su licencia temporal al primer cargo (Senador) le permita reincorporarse cuando concluya el segundo de ellos (Gobernador), pues implicaría reconocer que tiene dos cargos públicos de elección popular a la vez, uno con licencia y otro ejerciéndolo.”

Bonilla se defiende, pero los antecedentes de casos como el suyo en la Sala Superior del TEPJF no le son nada favorables (Foto: Cuartoscuro).