OTRA FORMA DE ENTENDER LA CONSULTA CIUDADANA: BAJO LA PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS
La consulta ha sido vista desde el punto de vista partidista y las conclusiones a las que se llega es en contexto de los interés de cada partido. Los afines a Morena lo ven como un atino del presidente de México. Los partidos antagónicos lo ven como un desatino.

Foto: EsImagen.
Osvaldo Medina Olvera* / 4 Vientos / Foto destacada: Rumbo a la consulta popular (Foto: Crisanta Espinoza Aguilar / Cuartoscuro)
Estos últimos han incluso segado el sentido de la consulta: Bajo una perspectiva no sólo pobre sino ciega, han considerado que la consulta se trata de saber si el pueblo se encuentra de acuerdo en que se aplique la ley. Y en su falacia se enredan ellos mismos y confunden a sus lectores.
La consulta nunca ha sido para saber si la ley se aplica o se deja de aplicar. La consulta es utilizada por el gobierno federal para sondear una postura de la ciudadanía. Esto parte de la premisa de la Seguridad Humana en su vertiente de Seguridad Ciudadana.
Estos derechos se traducen básicamente en los derechos que los ciudadanos tenemos en materia política: a.- Derecho a elegir a nuestros representantes, b.– Derecho a ser elegido como representante, y c.- Derecho a participar en todos los asuntos políticos que interesa a la ciudadanía.
Los dos primeros derechos resultan plenamente conocidos por cada ciudadano; sin embargo, el tercero es un derecho que siempre ha sido acotado por quien se encuentra dominando el poder gubernamental.
Bajo la premisa de que el ciudadano electo se inviste de poder que le concede la ciudadanía, se cree que es una persona todo poderosa que no debe rendir cuenta de sus actos y que la ciudadanía no debe cuestionarlos. El error se torna grave cuando los ciudadanos nos creemos esa historia y eso ha sido así por décadas.
Por eso es que ahora nos resulta extraño, para algunos hasta insultante, que se consulte a la ciudadanía y se cuestiona inclusive el gasto que ello genera.
Lo anterior no es más que falta de cultura cívica. Pero el pecado se arrastra así porque el sistema político de las últimas décadas nos ha educado para ser pasivos ante el actuar de los políticos.

Foto: CPS Media.
CONTEXTO DE LA CONSULTA CIUDADANA
El sistema de información legislativa define a la consulta ciudadana como “El mecanismo de participación ciudadana que sirve para ejercer el derecho constitucional para votar en torno a temas de trascendencia nacional de manera que su voluntad, vinculante conforme dicte la ley, pueda incidir en el debate y las decisiones que adoptan los órganos representativos del Estado.”
En septiembre de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que enviaría al Senado de la República, la solicitud para la realización de una consulta popular sobre el posible enjuiciamiento, previa investigación y de acuerdo al debido proceso; a los expresidentes que gobernaron México desde 1988 a 2018.
La postura del presidente de México fue clara; sin embargo, los actores políticos que deciden adoptar la postura de oposición per se y sin mayor sentido, tergiversaron a conveniencia el contenido de la propuesta presidencial y desde luego, la sustancia de esa herramienta democrática que es la consulta.
No tardaron los actores políticos que manipulan a los partidos políticos y a sus correspondientes masas, en definir que lo que se estaba consultando era la aplicación de la ley.
Los medios de comunicación y redes sociales fueron terreno fértil para que este tema se convirtiera prácticamente en una tendencia cuando lo que se buscaba era enmascarar el verdadero sentido de la consulta.
Frases como “la ley no se consulta, se aplica” y “Cárcel para expresidentes” dieron la pauta para que algunos juristas no muy documentados se pronunciaran para decir en el primer caso, que la ley no se negocia ni se consulta y, en el segundo caso, para expresar que los delitos cometidos para expresidentes habían prescrito, por lo que sería inútil su enjuiciamiento.
Por eso conviene hacer referencia a cuál es el verdadero sentido de la consulta independientemente de la definición del sistema de consulta legislativa, anteriormente anotado.
En opinión del que esto escribe, la consulta es una herramienta que es extraña para la ciudadanía nacional; y esto es porque no estamos acostumbrados a que se nos consulte antes de realizar acciones de interés nacional. No confundamos la consulta para la ejecución de obras en nuestro vecindario, pues no es más que una retroalimentación de las necesidades diarias de los ciudadanos.
Otro tipo de consultas sobre políticas públicas se celebran en foros y se convoca a los ciudadanos con interés.
Tampoco debe verse la consulta ciudadana como una ocurrencia del presidente en turno. En otros países (el ejemplo más cercano se encuentra en Estados Unidos y Canadá) donde se celebran consulta para que la gente vote al mismo tiempo que elige a sus representantes. Es común ver que los candidatos y ciudadanos hacen campaña independiente para pronunciarse en favor o en contra de una proposición, como suele llamarse.
En este caso se decidió no llevarse a cabo simultáneamente (lo que igualmente desató críticas en favor y en contra), pero eso se ha debido, repito, porque no estamos acostumbrados a ser consultados los ciudadanos mediante instrumento democrático, para la toma de decisiones de interés nacional.

Foto: INE.
¿CUAL HA SIDO ENTONCES EL TEMA DE LA CONSULTA?
El tema de la consulta ha sido plasmado en una extensa pregunta: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”
Como se puede observar después de un minucioso análisis de la pregunta, de ella no se desprende que se esté consultando si se aplica la ley o no, ni si se enjuicia penalmente a los ex presidentes.
El tema toral es cuestionar a los ciudadanos para que se pronuncien si se está de acuerdo o no en que se lleven a cabo acciones pertinentes, para emprender un proceso de esclarecimiento sobre decisiones que tomaron actores políticos en el pasado.
Recordemos nuestras clases iniciales en escuela primaria donde nos enseñaron a descifrar una frase para descubrir verbo, sujeto y predicado. De esa manera se comprende mejor el sentido de la oración.

Foto: Notus.
LAS MATEMATICAS EN EL RESULTADO DE LA CONSULTA.
También por mero afán de descalificar, se ha mencionado que la consulta ha sido un fracaso por el bajo aforo de votantes que ocurrimos a expresar nuestra decisión ante el cuestionamiento para saber si estábamos de acuerdo en que se llevaran las acciones pertinentes para emprender un proceso de esclarecimiento sobre decisiones que tomaron actores políticos en el pasado.
Si se toma en cuenta que sólo un 7 por ciento del electorado salió a manifestar su sentido de voto, debe también considerarse otros factores. Por ejemplo, en elecciones regulares, difícilmente sale a votar el 50 por ciento del electorado. Luego entonces el 7 por ciento del padrón sería casi el 14 por ciento del electorado que regularmente sale a votar, lo que significa un alto porcentaje comparado con los porcentajes que obtienen los partidos que realizan arduas campañas para lograr votos para sus candidatos.
Si observamos estadísticas, hay partidos políticos que a nivel nacional, no logran obtener un 14 por ciento en elecciones en favor de sus candidatos.
Otro punto de vista a considerar es el hecho que la ciudadanía no está acostumbrada a ser consultada.
Otro más es que sobre la consulta hubo propaganda en contrario y tomando premisas falsas por parte de partidos políticos y sus actores, lo que provoco que sus membresías, por solidaridad partidaria, dejaran de asistir a la consulta.

¿Fueron muchos o pocos?(Foto: Andrea Gama / Forbes México).
EL ABSTENCIONISMO
Mucho se ha hablado y estudiado el fenómeno del abstencionismo. Para el que esto escribe, la apatía para dejar de asistir a urnas, no debe considerarse como un rechazo a candidato en elecciones regulares. La experiencia demuestra que cuando un candidato no es bien visto por la ciudadanía, ellos salen a votar para hacer ganar a un contrincante.
También considero que el número que representa el abstencionismo, no es más que un aval que se suma al candidato ganador, esto se interpreta así, ya que si bien es cierto que es un derecho ciudadano el votar y ser votado, cuando un ciudadano se registra ante el INE, ya expresó su voluntad de ser considerado en cada elección ciudadana; por lo que al dejar de asistir a emitir su voto, no hace más que conformarse con lo que una mayoría decide.
Atención pues, porque en el caso de esta consulta ciudadana el número de ausentes en urnas resulta un aval para el Presidente de la República, un ciudadano legítimamente electo por la propia ciudadanía.
Es decir (a juicio del que esto escribe), el voto en abstención debe considerarse siempre como una afirmativa ficta, considerando que el gobernante ha dejado en mano del ciudadano una herramienta democrática como es la consulta, para calificar o descalificar sus acciones.
El número resultante de dicho abstencionismo debe sumarse al número de aquellos que decidieron mayoritariamente. No se trata de una opinión a capricho, sino comprender el juego de la democracia, donde un elector decide asistir a emitir su voto en tal o cual sentido, mientras que el resto decide dar su aval mediante su afirmativa ficta para la mayoría que tomó decisión en urna.

Foto: Cuartoscuro.
¿CUÁL ES EL CONTEXTO DEL RESULTADO DE LA CONSULTA?
El resultado de la consulta significará un apéndice en la aplicación de las políticas públicas sexenales implementadas por el presidente de la República.
Queda claro que la consulta no es solicitud de permiso para ejercer las acciones legales que resulten aplicables, para ejercerlas en contra de los actores políticos en épocas pasadas y algo muy importante: el resarcimiento de daños o perjuicios que hubiesen resultado.
Las acciones ejercidas hasta el momento, o aquellas que se vayan ejecutar dentro del lapso presidencial actual, serán informadas hasta su término, en el sexto informe de gobierno.
En aquellas acciones que resulten e las que resulten aplicables, seguramente informará el mandatario, el resultado de las acciones.
Es posible que escuchemos las siguientes explicaciones: “Un número importante de ciudadanos ocurrimos a las urnas el 1 de agosto de 2021, para manifestar a su mandatario que SI estábamos de acuerdo en que se hallan llevado a cabo las acciones que resulten pertinentes, entre ellas las legales en contra de actores políticos. Otro número importante también, decidió permanecer en casa y no emitir su voto, sin embargo, en contexto democrático, este grupo NO expresó su oposición a las acciones del gobierno federal en el contexto descrito, por lo que las políticas públicas para procurar la justicia siguieron su curso observando los cauces legales.”
En conclusión, la consulta no es más que la extraordinaria oportunidad que permite a la ciudadanía expresar su opinión sobre un tema que se considera fundamental para la sociedad mexicana.
Es un incipiente ejercicio democrático al que la sociedad no estaba acostumbrada y por ello la sorpresa del electorado.
El presidente de la república y el senado están solicitando al pueblo su permiso para ejercer acciones legales. Esa facultad la tiene desde el momento en que los designamos nuestros mandatarios.
La consulta es saber si en esas acciones tienen además de su legitimación, el aval moral de la sociedad. De ahí el resultado de la consulta y sus interpretaciones.
* Analista jurídico y político de Baja California. Abogado por la Universidad Autónoma de Baja California. Magister en Seguridad Humana y Derechos Humanos por la Universidad Milano Bicocca, de Milán, Italia. Desde enero de 2020, el autor es miembro adherente de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología. (ALPEC).
Ensenada, B.C., México, martes 10 de agosto del 2021.