Nuestras fronteras y zona costera
El lunes 8 de octubre, Gabriel Camacho Jiménez, colaborador de A Los 4 Vientos, escribió una CARTA ABIERTA al Senado de la República (LXII Legislatura federal) para solicitar la cancelación del proyecto legislativo que reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros, aprobada el día martes 23 de abril de 2013 en la Cámara de Diputados. Hoy presentamos el contenido de la misiva:
“Por medio de la presente, quién suscribe, ciudadano mexicano en pleno uso de sus derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita de la manera más respetuosa no aprueben el proyecto de decreto que reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros, aprobada el día martes 23 de abril de 2013 en la Cámara de Diputados.
“Lo anterior, con fundamento en las siguientes CONSIDERACIONES:
“PRIMERA.- El proyecto de decreto que reforma la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad para extranjeros, aprobada el día martes 23 de abril de 2013 en la Cámara de Diputados, no representa ni favorece los intereses de la gran mayoría de los ciudadanos mexicanos.
“Para proteger los intereses de los ciudadanos mexicanos no debe permitirse a los extranjeros adquirir propiedades en una franja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta kilómetros en las playas, hasta que como mínimo el 80% de los ciudadanos mexicanos gocemos de la misma capacidad monetaria (poder adquisitivo) que los extranjeros para adquirir propiedades en la zona costera de nuestra nación.
“Los diputados y senadores deben generar reformas para beneficiar a los mexicanos no a los extranjeros. Los mexicanos somos quienes necesitamos mayor certeza jurídica y poder adquisitivo para el uso y disfrute de nuestra zona costera. El espíritu de nuestra constitución, lejos de procurar el bienestar de los extranjeros, procura el bienestar de los mexicanos. En este sentido, diputados y senadores deben generar reformas y acciones que permitan a los mexicanos incrementar su poder adquisitivo y disfrutar de la zona costera libremente.
“El proyecto de reforma no representa los intereses de los ciudadanos mexicanos, no representa un beneficio para los ciudadanos mexicanos y no es acorde a las condiciones ambientales, sociales, políticas y económicas presentes, por el contrario, de aprobarse el proyecto de decreto en cuestión las condiciones ambientales, sociales, políticas y económicas actuales ejercerán en perjuicio de los intereses de la gran mayoría de los ciudadanos mexicanos.
“La Reforma propuesta, sin duda, ocasionará problemas serios en la sociedad mexicana, como actualmente ocurre en Los Cabos, Baja California Sur y en corredor costero Tijuana-Ensenada, en Baja California, dónde los mexicanos somos relegados y excluidos de nuestra propia nación, de nuestra zona costera. Muchos mexicanos seguramente serán expulsados en toda la zona costera, como ya ocurre en la actualidad.
“La realidad que hemos vivido en Baja California es que con la esperanza de fomentar la inversión extranjera solo nos han robado la zona costera a los mexicanos, y los únicos empleos que generan a la población mexicana son aquellos de corto plazo y/o bajo perfil, como mano de obra barata durante la construcción de las viviendas y en trabajos domésticos durante la operación de los proyectos residenciales.
“La realidad nos muestra que la mayoría de los extranjeros que han adquirido el uso y disfrute de nuestra zona costera a TRAVÉS DE FIDEICOMISOS, si perjudican la calidad de vida de los ciudadanos mexicanos, ya que nos prohíben el acceso a la zona costera, han modificado el paisaje natural costero y hemos tenido impactos negativos significativos en nuestros ecosistemas costeros, como por ejemplo: las descargas de aguas residuales sin tratamiento, desechos sólidos urbanos, la deforestación y fragmentación de los ambientes naturales.
“La Reforma propuesta no salvaguarda ningún bien a los extranjeros (como lo manifiestan los diputados que votaron a favor del proyecto en cuestión, usando el Artículo 21, numerales 1 y 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”, como excusa para privatizar nuestras costas y fronteras), ya que actualmente los extranjeros no son propietarios de la tierra. Por el contrario, la reforma atenta contra los bienes de los mexicanos. En la misma tesitura del Artículo 21, numerales 1 y 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”:
“1.- Los mexicanos tenemos derecho al uso y goce de nuestra zona costera, constitucionalmente la zona costera es un bien de la nación, es bien de todos los mexicanos.
“2.- Los mexicanos no podemos ser privados de nuestros bienes, excepto pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.
“Un aspecto que destacan los diputados que votaron a favor del proyecto en cuestión, es el impacto que tendrá la propuesta en los ingresos tributarios a los Municipios, ya que al tener la propiedad los extranjeros de las tierras para uso habitacional, podrán recaudar las contribuciones a que se refiere el artículo 115, fracción IV Constitucional. Sin embargo, los diputados no consideran que los mexicanos estaremos obligados a pagar a los extranjeros servicios como: agua potable, alumbrado público, recolección de residuos, seguridad pública y electricidad, a través del pago de nuestros impuestos, a través de nuestras instituciones y de nuestras administraciones municipales, estatales y federales.
“SEGUNDA.- La reforma propuesta que nos ocupa contraviene nuestro marco legal en materia de planeación, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, ya que promueve el crecimiento descontrolado y sin planificación de áreas habitacionales en la zona costera y fronteras.
“Establece a la posible propiedad extranjera en costas y fronteras el uso habitacional, sin considerar que los usos del territorio son establecidos en los Programas de Desarrollo Urbanos de los Municipios.
“Al imponer el uso habitacional a la posible propiedad extranjera contraviene además el artículo 6º del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, que establece lo siguiente: “Para el debido aprovechamiento, uso, explotación, administración y vigilancia de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas, se considerarán sus características y uso turístico, industrial, agrícola o acuícola, en congruencia con los programas maestros de control y aprovechamiento de tales bienes, cuya elaboración estará a cargo de la Secretaría” (SEMARNAT).
“Para el aprovechamiento de nuestra riqueza costera es de mayor beneficio para los mexicanos 1) realizar los Programas Maestros de Control y Aprovechamiento de la Zona Costera de todo el territorio mexicano (artículo 6º del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar); 2) realizar los Programas de Desarrollo Urbano de los Centros de Población de todos los municipios costeros en el territorio mexicano, así como asegurar la ejecución de los ya existentes: y 3) realizar un Ordenamiento Territorial Costero en toda la nación.
“TERCERA.- Los diputados no pueden dictaminar con base en suposiciones. Los diputados INFIEREN (SUPONEN) que la razón de la restricción para que sólo mexicanos por nacimiento o naturalización tengamos la facultad de adquirir propiedades en una franja de cien kilómetros al interior del país a partir de las fronteras y de cincuenta kilómetros en las playas, es para resguardar, vigilar y mantener la integridad del territorio nacional, esto SIN PRUEBA ALGUNA, ya que manifiestan en el Dictamen en Sentido Positivo a la Iniciativa en cuestión, lo siguiente: “Al revisar las actas de los debates del Constituyente de 1917 no se advierten las razones por las cuales se haya adoptado este principio, pero se infiere que la intención fue resguardar, vigilar y mantener la integridad del territorio nacional”. Reitero, los diputados y senadores no pueden dictaminar con base en suposiciones.
“Existen otras razones, además de salvaguardar la integridad del territorio nacional, por las cuales las costas y las fronteras deben ser bienes nacionales, como por ejemplo: la seguridad nacional, en el mundo existen actualmente serios conflictos entre diferentes naciones, por ejemplo: Israel-Palestina-Estados Unidos, Korea-Estados Unidos, Cuba-Estados Unidos. Así mismo, existen bloques de países en América Latina y Asia que confrontan las políticas estadounidenses. Por ello, el riesgo de ser invadidos por otras naciones, como por ejemplo, naciones enemigas a Estados Unidos, es vigente. Otro tema de seguridad nacional es el tema de tráfico de personas, especies de flora y fauna, y/o drogas. Otra razón estratégica más puede ser el acceso a los recursos naturales costeros.
“CUARTA.- Se considera más acorde a la realidad mexicana la propuesta del Diputado Ricardo Mejía Berdeja para reformar la fracción I del párrafo noveno del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: “En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas. La Ley fijará las sanciones correspondientes para los casos en que se infrinja esta disposición.”