Los cambios de uso de suelo en Ensenada, ilegales
Sempra Energy, Punta Brava, desaladora, gasolineras, Oxxos y ahora el Valle de Guadalupe.
Gabriel Camacho Jiménez / A los Cuatro Vientos
Hoy es momento de dejar en claro que existen razones, formas y tiempos establecidas en la Constitución y en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California para establecer, vigilar, revisar, evaluar y modificar los usos de suelo dentro de nuestra comunidad, y que ningún funcionario público está facultado para realizar modificaciones a los programas de desarrollo urbano sin el aval de los ciudadanos del municipio a través de un proceso de evaluación-análisis y planeación riguroso.
Años atrás

La planta industrial y el puerto de Sempra Energy en Costa Azul: Historia de imposición (Fotos: internet)
La historia de la lucha reciente por hacer valer este derecho ciudadano nos remonta al caso de Sempra Energy, donde a pesar de no existir ordenamientos municipales, si existen los estatales, donde a pesar de las manifestaciones ciudadanas y los argumentos bien fundamentados en contra de este proyecto de científicos, académicos, ambientalistas y ciudadanos interesados, los funcionarios en turno lo aprobaron contraviniendo el COCOTREN (Programa Regional del Corredor Costero Tijuana-Playas de Rosarito-Ensenada).
Otro proyecto que me viene a la mente es el de Punta Brava, en la península de Punta Banda, donde de la mismo forma que en el caso de Sempra alzaron la voz ambientalistas, arqueólogos, científicos, académicos y ciudadanos.
En este episodio de la historia en los usos del territorio ocurrió algo inaudito, coincide con el proceso de actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ensenada, que no se actualizaba desde el año de 1995.
El caso es que los promoventes del proyecto Punta Brava aprovecharon la oportunidad e hicieron que el IMIP (Instituto Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada) modificará el uso de suelo que la comunidad estableció a través de mesas de trabajo, e impusiera el uso de suelo que al proyecto Punta Brava convenía, sin ningún tipo de consulta pública o mesa de trabajo.
Por ello, en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ensenada vigente el predio conocido como La Lobera tiene uso de suelo “turístico”, cuando la comunidad (entre científicos, académicos, organizaciones civiles, ejidatarios de la zona y otros propietarios privados) el uso de suelo que avaló fue el de “Zona Especial de Desarrollo Controlado”.
La desaladora

Croquis de la desaladora española que se construirá, vía imposición gubernamental, en Ensenada, BC
Más recientemente, promoventes y funcionarios del Gobierno Estatal proyectaron erróneamente la desaladora, al ubicarla en un predio en el cuál se prohíbe claramente la instalación de este tipo de plantas.
Los promotores y el Gobierno Estatal jamás reconocieron su error e inclusive uno de los promotores de origen español llegó al límite de descalificar el trabajo de todos quienes participamos en la realización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ensenada 2008-2030, calificando la matriz de compatibilidad de usos de suelo como una ocurrencia, cuando las políticas se establecen con base en las características físicas de la zona, riesgos y la vocación del territorio, entre otras cosas.
El COPLADEM realizó una reunión para simular una consulta pública, lo mismo que intentaron hacer ahora con el Valle de Guadalupe. En aquella ocasión, a los ciudadanos que asistieron libremente se les negó el acceso al recinto y posteriormente no pudieron hacer uso de la voz y expresar su razones por las cuales no debía realizarse el cambio de uso de suelo.
Aun así, gracias al trabajo de los ciudadanos y organizaciones civiles que participan en el COPLADEM, a la lamentable exposición de los promoventes de su proyecto, así como a sus patéticas respuestas a los cuestionamientos, la gran mayoría de los ciudadanos a quienes se les dio la oportunidad de expresarse votaron en contra del cambio en el Programa de Desarrollo Urbano.
Sin embargo, de nuevo, así como ocurrió con Sempra y el proyecto Punta Brava, funcionarios públicos (cabildo) se atribuyen facultades que no tienen y avalan el proyecto sin representar los intereses ciudadanos al no respetar el marco legal, al no realizar una consulta pública, al no escuchar las opiniones técnicas.
Vale la pena recordar la votación en aquella simulación:
A favor del proyecto de la desaladora (4 votos): Instituto Municipal de Investigación y Planeación. Cámara de la Industria de la Construcción. CANADEVI. Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.
En contra del proyecto de la desaladora (9 votos): Subcomite Sectorial de COPLADEM de Litorales y Puertos. Subcomité Sectorial de COPLADEM de Obras Públicas. Subcomité Sectorial de COPLADEM del Agua. Subcomité Sectorial de COPLADEM de Medio Ambiente. Subcomité Sectorial de COPLADEM de Desarrollo Urbano. Subcomité Sectorial de COPLADEM de Desarrollo Social. Canacintra. Colegio de Ingenieros. Colegio de Arquitectos.
Sin postura: COPICE. CICESE. UABC.
Gasolineras, oxxos y el Valle de Guadalupe
Actualmente, los cambios de usos de suelo para instalar gasolineras, oxxos y proyectos particulares en el Valle de Guadalupe nuevamente atraen la atención ciudadana, y están por escribirse nuevos capítulos en la historia de los usos de suelo en nuestra comunidad.
En los casos de las gasolineras y los oxxos, quizás la tengan fácil los funcionarios públicos para atribuirse facultades que no tienen (ilegales), pero también creó que en esta ocasión los funcionarios públicos se enfrentarán con una comunidad más unida, la del Valle de Guadalupe, que sin duda tendrá diferencias internas pero en el interés de generar un orden territorial que beneficie a su comunidad estarán unidos la mayoría.
Más allá del desenlace de este nuevo capítulo es preciso identificar el origen, la raíz, del problema. Su servidor identifica el siguiente: los ciudadanos renunciamos a nuestras facultades establecidas en la constitución para establecer (crear), vigilar, evaluar y actualizar los programas de desarrollo urbano.
Los actores sociales que se involucran en estos asuntos varían de caso en caso, en el sentido de los intereses afectados. Es preciso por ello entender que los usos de suelo los establecemos todos los ciudadanos desde el nivel municipal para el beneficio colectivo, de la nación.
También que nosotros los ciudadanos somos los únicos responsables y facultados para avalar un cambio de uso de suelo, y que los funcionarios públicos están obligados a cumplir lo que en los programas de desarrollo urbano se establece.
No es tarea sencilla pero tampoco imposible. Siempre hay formas para generar consenso y beneficios colectivos.
Lo que dice nuestra Constitución
Artículo 27: “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad”.