Guillermo Trejo y Francisco Moncada desplegaron acciones equivalentes al crimen organizado
Los dos funcionarios del gobernador Francisco Vega actuaron confabulados, con plena conciencia y dolo para vender miles de seguros médicos pese a no contar con autorización federal para hacerlo, dice juez federal que ordenó su aprehensión y encarcelamiento en el CERESO de Mexicali.
Dora Elena Cortés / Agencia Fronteriza de Noticias / A los Cuatro Vientos
El Juez Sexto de Distrito con sede en Mexicali Pedro Jara Venegas, ordenó el pasado 31 de enero que el ahora Secretario General de Gobierno -con licencia- Guillermo Trejo Dozal y sus socios -entre quienes se encuentra el director de Calidad de Salud de la Secretaría del ramo Francisco Moncada González-, fueran internados en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Mexicali para que los pusieran a su disposición.
La petición del juzador no se cumplió porque Trejo y Moncada ya formaban parte del gobierno de Baja California y obtuvieron un amparo provisional que evitó su detención y reclusión.
Después de librar la orden de aprehensión correspondiente en contra de Trejo Dozal, Raúl Ernesto Gardner Capillo, Gilberto Sing Hurtado y José Fernando Moncada González, el juzgador también ordenó que “se notificara única y exclusivamente” al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, para que a su vez instruyera a elementos de la Policía Federal Ministerial, para que cumplimentarán la instrucción.
Jara Venegas dictó la orden de aprehensión a las 20 horas con tres minutos del día mencionado por considerar que se acreditó la probable responsabilidad de los señalados en la comisión del delito previsto y sancionado por el artículo 141 fracción 1 en relación con el diverso 3, fracciones I y IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
En un documento de 42 páginas Jara Venegas consideró no solamente que los dos funcionarios del gobierno del Estado y sus socios son responsables de haber vendido seguros sin las autorizaciones correspondientes, sino que lo hicieron “con dolo” ya que hasta se confabularon para realizar el acto constitutivo de delito, del cual advierte que estuvieron plenamente conscientes.
En una dura apreciación al respecto, el juzgador advierte que “se evidencia que la conducta desplegada por los inculpados de que se trata, es dolosa, en términos del artículo 9no párrafo primero del Código Penal Federal, pues conocían que al realizar la acción que se les reprocha es una conducta prohibida por la ley; no obstante su conocimiento, externaron su voluntad en ese sentido, esto es, aceptaron el resultado típico y llevaron a cabo los supuestos del hecho delictivo previsto en la norma; tan es así, que dio lugar a que se integrara el delito que se les imputa; por lo que al satisfacer el elemento cognitivo y volitivo de este componente de la responsabilidad, se concluye que su conducta fue dolosa”.
Sin embargo también justifica la orden de aprehensión que dicta ya que establece que no se requieren pruebas plenas de la responsabilidad del inculpado, sino que únicamente es necesario que se reúnan los requisitos a que se refiere el artículo 16 constitucional y se desprendan datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado”.
El documento de orden de aprehensión incluye las pruebas aportadas por el Ministerio Público Federal, mediante las cuales se determina que el actual Director de Calidad de Salud de la Secretaría del ramo, doctor José Fernando Moncada González fue quien hizo las negociaciones con diversas compañías para venderles servicios de salud a futuro, sin embargo estima que el resto de los mencionados también son responsables, ya que así lo establece la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en el quinto párrafo del artículo 141 que textualmente advierte:
“Se consideran comprendidos dentro de los supuestos señalados en las fracciones anteriores y consecuentemente sujetos a las mismas sanciones, a los directores, gerentes, miembros del Consejo de administración, funcionarios, empleados y los representantes de agentes en general de personas morales que aluden las acciones I, II y IV del citado artículo tercero de esta ley”.
Por eso Guillermo Trejo Dozal y otros dos médicos mexicalenses fueron involucrados. Sin embargo dentro de la orden de aprehensión no fue incluido el Secretario de Desarrollo Económico del Estado Carlo Bonfante Olache, quien también fue señalado como responsable por el Ministerio Público Federal.
La causa en contra de los socios de Latino Servicios de Salud
La acusación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se hizo en contra de la “persona moral” denominada “Latino Servicios de Salud y/o Latino Health Care en la cual aparecen como presidentes de la sociedad, los médicos mexicalenses Raúl Ernesto Gardner Capillo y Gilberto Sing hurtado; Guillermo Trejo Dozal como secretario del Consejo de Administración, José Fernando Moncada González como representante legal y Carlo Humberto Bonfante Olache, del cual no se establece representación formal.
El delito que se les imputa -que es considerado grave- es de aquellos, se dice, en los que se necesita que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule petición, previa opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, aunque también se puede proceder a petición de institución o sociedades mutualistas de seguros ofendidas, o de quien tenga interés jurídico, y en este caso se cumple el requisito, se afirma, debido a la petición que mediante oficio 529 –V- GDFEy D- 819 de fecha 6 de junio de 2013 fue presentada por el licenciado Flavio Carlos Valadez, en su carácter de Director de Delitos Financieros, de la Dirección General de Delitos Financieros y Diversos de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación, de la Secretaría de Hacienda.
Supuestamente los mencionados vendieron seguros sin contar con la autorización respectiva por lo que podrían recibir una pena de prisión de 3 a 15 años y multa de 1.500 a 5.000 días de salario mínimo, ya que está prohibido -según el artículo 3, en materia de aseguradoras -para toda persona física o moral distintas a las autorizadas “la práctica de cualquiera operación activa de seguros en territorio mexicano”.
Y no obstante que Trejo afirmó que lo que la empresa de la que formó parte hasta 2011 se dedica a otorgar servicios médicos a bajo costo, la autoridad fiscal consideró que en realidad hizo la “venta activa de seguros” por estar dirigidos sus servicios “a prevenir o restaurar la salud a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado, mediante el pago de una cantidad de dinero conforme lo establece la ley”.
Además, pese a que el Secretario General de Gobierno con licencia dijo que se separó de esta compañía en el año 2011, los casos investigados por la autoridad -y de los cuales se desprenden su presunta responsabilidad-, datan de los años 2007 y 2008 según quedó comprobado con los interrogatorios que hicieron a representantes de las empresas clientes, que además reconocieron que hacían pagos previos tras haber celebrado contrato con el doctor Moncada González.
Sobre el hecho de que no se dedicaban a la venta de seguros, según la afirmación del segundo hombre de importancia en el gobierno de la entidad, la declaración ministerial del profesor Jorge Armando Ochoa Carrillo, representante del Instituto Salvatierra, lo contradice.
A la pregunta del porqué celebró contrato de prestación de servicio personal independiente con la referida empresa, el maestro dijo textual: “porque las otras empresas aseguradoras piden un gran número de afiliados y en ésta nos consideraron porque no somos tantos”.
En otras preguntas refirió que recibían servicios de gastos médicos menores hasta por 20 mil pesos, mediante los cuales el trabajador podía acudir las veces necesarias hasta que se cubriera esa cifra por evento.
El maestro pagó alrededor de nueve mil pesos, cantidad que entregó mediante cheque y que inicialmente trató con el doctor Fernando Moncada y posteriormente con el licenciado Marco Antonio Peña Rodríguez Gerente General, gerente general de Latino.
Otro de los interrogados fue Sergio Zenizo Islas, el 29 de octubre de 2013, en su calidad de representante del SUTERM (Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana) sección 83, quien dijo que el gremio pagaba mensualmente a la empresa 50 pesos por cada miembro y dependiente económico de la agrupación.
También, a raíz de las preguntas que se le formularon, Zenizo se refirió a una operación de seguros. Narró que el doctor José Fernando Moncada González le ofreció “el servicio seguro de gastos médicos menores” para sus agremiados, por ser él el Secretario General.
Dijo que llegaron a un acuerdo pero que nunca existió un documento firmado, sino que “comenzamos a trabajar y sólo fue de manera verbal”.
Así, se estableció una cuota por agremiado y sus beneficiarios y ésta se pagaba a la empresa de servicios de salud mediante una póliza de cheques; los trabajadores pagaban las cuotas pero el sindicato les descontaba vía nómina a los que decidieran libremente adquirir el servicio. Refirió que a partir de enero 2013 concluyó su trato con esta empresa.
Respondió haberse enterado de la empresa “por el doctor Fernando” y el servicio consistía en consulta médica familiar, medicamentos, estudios de laboratorio, urgencias fuera de horarios de consulta en distintos hospitales de salud, entre otros.
Recordó que los pagos los hacían catorcenalmente, por lo que entregaron a la empresa cerca de 30 mil pesos catorcenales .de 2009 a febrero de 2013- para manejar un promedio de 300 afiliados.
Otra interroga es Susan Solís, representante de la empresa Poiriez Properties Inc. quien en abril de 2009 celebró un contrato con la compañía de salud a través del doctor José Fernando Moncada González. Ella se comprometió a pagar mensualmente la cantidad de 120 dólares o su equivalente en pesos, por cada miembro y dependiente económico de trabajadores de la empresa.

Vega de Lamadrid con Trejo Zozal. ¿Borrón también…? (Foto: internet)
De igual manera Berenice López Félix, representante de la empresa Interiores Aéreos S.A. de C.V., dijo que en enero de 2011 acordó pagar 46 pesos por cada miembro dependiente económico de los empleados de su compañía.
Cynthia R. González, representante de Aisling Industries Corp. celebró contrato en diciembre 2008 con la empresa, Se comprometió a pagar de manera mensual la cantidad de 150 dólares -o su equivalente en moneda nacional- por cada miembro y dependiente económico de su compañía.
También compareció en diciembre de 2008, Alely Pérez de Proctor, representante de la empresa Valley Spreader Inc. para recibir la prestación de servicios médicos a través de un pago mensual de 150 dólares o su equivalente en moneda nacional por cada miembro y dependiente económico del participante, cantidad que se descontaba vía nómina.
Otra interrogada fue la señora Marina Topete Mora, representante de International Management Services, quien el 1 de noviembre de 2009 celebró contrato con Latino Servicios de Salud a través del doctor José Fernando Moncada González, comprometiéndose a pagar 190 dólares o su equivalente en moneda nacional por cada uno de sus trabajadores o dependientes económicos.
De igual forma se firmó un contrato el 31 de octubre de 2010 con la empresa Honeywell Turbo Technologies, representada por Fernando Perea Chacón, quien dijo que pagaba 49.50 pesos por cada empleado y su dependiente económico, dinero que se descontaba través de nómina.
Otro caso fue el del Instituto Salvatierra. El contrato se firmó el 1 de junio de 2009, mediante el cual pagaba 110 pesos por cada trabajador o dependiente económico.
En términos similares están los casos de las empresas Furukawua de México SA de CV; Ferbis; Grupo García Montaño, Ochoa y Asociados SA de CV; Panasonic Electric Works Mexicana SA de CV y el SUTERM.
Los servicios que la empresa proporcionada y por los cuales recibía pagos mensuales que se entregarán por cheque o transferencia bancaria, eran los siguientes:
Consulta externa general, consulta externa especialidad, consulta de urgencias médicas y accidentes, consulta de optometría, consulta de oftalmología, exámenes para clínicos de laboratorio; exámenes para clínicos de gabinete radiología hospitalización de corta estancia.
Asimismo cirugía ambulatoria, medicamentos de patente, servicios de oftalmología básica, servicio de ambulancia terrestre, servicios de exámenes médicos de selección de personal y servicios de examen de estado de salud.
Francisco Moncada sigue en su cargo, como si nada
Mientras tanto, el Secretario de Salud en Baja California, Miguel Antonio Osuna Millán informó que el director de Calidad de la dependencia, José Francisco Moncada González sigue laborando de manera normal y continuará hasta que él así lo decida, ya que los señalamientos en su contra han sido por su entorno personal y no de la función que viene desempeñando desde hace un año.
“No le podemos pedir que se vaya”, refirió el Secretario, pero además dijo que tal vez ocurra el mismo proceso del Secretario de Gobierno, Guillermo Trejo Dozal, quien por voluntad propia solicitó licencia.
Osuna enfatizó que en este caso “debe de prevalecer la congruencia”, e insistió que es probable el que siga el mismo procedimiento que con Trejo.
“Que (Moncada González) pida licencia para ausentarse del cargo para que se desarrollen las investigaciones correspondientes”, concluyó.