EPN debe respetar derechos humanos de maestros disidentes

Comparte en redes sociales

El 4 de agosto de 2016, la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste entregó una carta al licenciado Luis Raúl González Pérez, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para solicitar que intervenga ante el gobierno mexicano en el tema de la Reforma Educativa y haga: 1.- un “Recordatorio de Deberes Legales al Ejecutivo Federal”, por su insistente negativa de avanzar en un diálogo efectivo y constructivo para una posible “reforma a la reforma”; 2.-  una “Excitativa a los Ejecutivos federal y estatales” para que dejen de usar la vía de la represión y violencia contra los maestros disidentes. A continuación, 4 Vientos presenta el texto íntegro de la misiva:

 

Lic. Luis Raúl González Pérez

Presidente de la

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Ciudad de México

Distinguido Presidente:

Somos una organización de la sociedad civil dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos en Baja California, y pedimos respetuosamente a Usted desechar de plano la QUEJA por presunta violación a los derechos humanos presentada el pasado 15 de julio del año en curso por la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) ante ese organismo protector. Nuestra petición se apoya en los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

  1. La Coparmex ha presentado una queja “contra toda autoridad federal, estatal y local que haya pecado de omisión (sic) en los derechos de salvaguardar (sic) la integridad de las personas de las comunidades afectadas… para hacer valer la ley frente a los bloqueos y movilizaciones de la CNTE” y argumenta que, en la Ciudad de México, en Oaxaca, Guerrero y Chiapas, principalmente, las movilizaciones de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) “han ocasionado afectaciones económicas graves y se traducen en un problema cada vez mayor para la vida cotidiana de las personas y la actividad empresarial”, lo que, según la Coparmex, representa una “probable violación a los derechos humanos de la población, derivada del conflicto magisterial”;
  2. Es posible que la Coparmex desconozca que, en los estados con importante presencia indígena, como Oaxaca, Guerrero, Chiapas y Michoacán, los maestros son parte integrante de los pueblos y comunidades indígenas, incluidos los maestros bilingües. Por tanto y atendiendo al Convenio 169 de la OIT, del cual México es Estado Parte, y aplicando el Principio Pro Persona, se debió haber realizado la CONSULTA INDÍGENA antes de imponer la Reforma Educativa y el examen estandarizado en esas y otras regiones del país. No hacerlo constituye una violación a los derechos indígenas, que se debe subsanar.
  1. Por considerar que la Reforma Educativa afecta sus derechos laborales y el derecho a la educación pública y gratuita, los trabajadores de la educación y otros sectores la han impugnado por varias vías, tanto en foros públicos como mediante movilizaciones, aún antes de que entrara en vigor, sin ser tomadas en cuenta sus propuestas. La vía jurídica-judicial de defensa de sus derechos humanos les fue vedada al cerrarles las puertas del juicio de amparo. En efecto, la reforma fue escrita en los artículos 3º y 73 Constitucionales para, deliberadamente, tornarla inimpugnable por la vía judicial. El magisterio nacional quedó entonces en la indefensión al cerrárseles la defensa jurídica de sus derechos. Miles de demandas de amparo fueron desechadas por los Jueces de Distrito;
  2. Por todo ello, las protestas organizadas por la CNTE son plenamente justificadas ante las manifiestas violaciones al principio constitucional de estabilidad en el empleo y ante el posible proceso de privatización de la educación pública y gratuita en perjuicio de la niñez; no les dejaron más alternativa que la protesta callejera;
  3. Las acciones de Desobediencia Civil (DC) organizadas por la CNTE y por diversos sectores que la apoyan en varios estados del país y en la capital de la República, se realizan pacíficamente y en estricto apego a los derechos de asociación y de reunión, a la libertad de tránsito y a la libertad de expresión, amparados por la Constitución federal y por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Atendiendo al principio de “interdependencia” de los derechos humanos, esas acciones no son “ilegales”, como erróneamente las califica la Coparmex, por lo que no puede impedírseles el ejercicio de sus derechos constitucionales. Al margen de ello, es deber del Ministerio Público identificar y enjuiciar a quienes cometan delitos;
  4. Aunque ciertamente es un deber obedecer las leyes, también es cierto que entre los derechos fundamentales está una forma particular de DC llevada a cabo con el fin inmediato de demostrar públicamente la injusticia de la ley para inducir al legislador a cambiarla, en este caso, la Reforma Educativa. Es la expresión pública y pacífica del disenso social. Como tal, la DC pretende ser considerada lícita y debida por lo que exige ser tolerada por las autoridades, a diferencia de cualquier otra trasgresión a la ley;
  5. MAESTROS PROTESTA ANGEL INDEPENDENCIA
  1. Las manifestaciones de DC son comunes en regímenes que violan sistemáticamente los derechos humanos, y un gobierno que las reprime suele ser de corte autoritario. Es cierto que la DC provoca molestias y afectaciones a terceros, pero su objetivo es la salvaguarda de bienes jurídicos y políticos fundamentales nos sólo para los desobedientes civiles sino para toda la sociedad, por lo que se impone considerar que las demandas del magisterio son tan válidas como los bienes defendidos por los empresarios;
  2. Las acciones de DC afectan temporalmente a determinados grupos económicos y sociales en algunas regiones del país, en tanto que la Reforma Educativa afecta a todo el magisterio en todo el país, lo que obliga a ponderar el interés superior colectivo y social que defiende las movilizaciones del magisterio. Dar cauce a la queja de la Coparmex sería una invitación de facto a la represión y a la deslegitimación anticipada del ejercicio de los derechos fundamentales involucrados en las protestas del magisterio;
  3. El Ejecutivo Federal ha manifestado de manera reiterada que la reforma permanecerá “inalterada” y que “no se negociará”, mostrando férrea oposición a una eventual reforma, a pesar de la Mesa de Diálogo instalada y a pesar de voces autorizadas que señalan los vicios, errores y abusos en que incurre la reforma que da materia a las protestas. Es claro que toda ley puede ser derogada o reformada, por lo que esa posición oficial irreductible anula de entrada y hace inútil todo diálogo verdadero entre las partes en conflicto, enviando una mala señal a la sociedad e inhibiendo todo intento de reforma por parte del Poder Legislativo;
  4. Por lo anterior, pedimos respetuosamente a Usted emitir un Recordatorio de Deberes Legales al Ejecutivo Federal, por su insistente negativa de avanzar en un diálogo efectivo y constructivo que recoja las inquietudes y aportaciones del magisterio y de los distintos sectores de la sociedad interesados en aportar argumentos y fundamentos válidos, para ser incorporados en una posible “reforma a la reforma”, y
  5. Pedimos también girar una Excitativa a los Ejecutivos federal y estatales, para no reprimir las manifestaciones pacíficas del magisterio y de otros sectores de la sociedad, e investigar todo hecho delictivo cometido por autoridades y particulares con motivo de las movilizaciones del magisterio, como es el caso de Nochixtlán, Oax., y proceder contra los responsables de la violencia y de las violaciones a los derechos humanos con absoluto respeto al debido proceso, salvaguardando en todo momento tanto los derechos de los maestros y de los simpatizantes de la protesta pacífica por la vía de la Desobediencia Civil, así como de otras personas detenidas.

Atentamente:

Daniel Solorio Ramírez (Presidente), Raúl Ramírez Baena (Director Ejecutivo), María Antonieta Robles Barja (Vicepresidenta), Soraya Vázquez Pesqueira (Vocal), Álvaro de Lachica y Bonilla (Vocal), Luis Alberto Hernández Morales (Vocal).

Yacotzin Bravo Espinoza, Silvia Reséndiz Flores, Fabiola Teresa Vargas, Christian Rojas Rojas, María Dolores Ruíz Ortíz, Galia Vianka Robles Santana.

Ccp. Jan Jařab, Representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ciudad de México; Ccp. Emilio Álvarez-Icaza Longoria, Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Washington, D.C.; Ccp. Sen. Angélica de la Peña Gómez, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, LXIII Legislatura federal, Ciudad de México; Ccp. Dip. Armando Luna Canales, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Cámara de Diputados, LXIII Legislatura Federal, Ciudad de México; Ccp. Lic. Gustavo de Hoyos Walther, Presidente de la Coparmex, Ciudad de México; Ccp. Medios de Comunicación.

DOMICILIO PARA OÍR NOTIFICACIONES: Av. Electricistas No. 2033 Altos “B”, Col. Libertad, Mexicali, B.C. 21030. Tels. (686) 392 4982; (686) 172 7956. Correo-e: ccdhbc@gmail.com


Comparte en redes sociales

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *