Corte de EU rechaza demanda de Sempra contra mexicano despojado de terrenos

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México, DF. La Corte de Distrito de Estados Unidos tomó una decisión inusual: protegió a un ciudadano mexicano contra una demanda dolosa de Sempra Energy, que pretendía se aplicara la ley de aquel país contra Eugenio Sánchez Ritchie, quien fue objeto del despojo de sus terrenos para instalar en el litoral de Ensenada, Baja California, una enorme planta regasificadora de gas licuado, propiedad de la trasnacional.

Roberto Garduño y Enrique Méndez/ La Jornada

El pasado 27 de enero la Corte con sede en el Distrito Sur de California, determinó a través del caso 10-cv-01513-CAB-KSC (documento 127) negar la petición de Sempra Energy para proceder judicialmente en contra de Eugenio Sánchez Ritchie. Este, paradojicamente ha documentado que perdió su propiedad por la connivencia entre la trasnacional y el ex gobernador panista Eugenio Elorduy Walther. Y ahora, con la decisión de la juez Cathy Ann Bencivengo, los funcionarios de la empresa podrán ser llamados a testificar en el caso, circunstancia que la empresa trataba de eludir a toda costa, de ahí la decisión de sus abogados para emprender una acción legal contra el mexicano.

Así, se abre la puerta para que los funcionarios y ex funcionarios vinculados al caso de la propiedad de Sánchez Ritchie, tanto en Estados Unidos como en México comparezcan ante la Corte estadunidense para responder a los señalamientos contra Sempra Energy y los probables ilícitos que habría cometido en territorio nacional.

La juez Bencivengo, negó la petición presentada por Sempra Energy señalando lo siguiente: “los argumentos presentados (por la trasnacional estadunidense) no establecen hechos nuevos o leyes nuevas que no se hubiesen podido establecer como parte de las peticiones para descartar la primera y segunda demanda emendada de los Demandantes. En consecuencia, la juez se niega volver a ver y reconsiderar su análisis de la demanda por juicio doloso presentada por los demandantes (Sempra) bajo un estándar de la Ley 12. En consecuencia, para propósitos de cualquier análisis de cualquier Ley 12, la Ley de California aplica, y el plazo de la demanda no está prescrita.”

A continuación, en la resolución emitida por la Corte ubicada en San Diego, California, se apuntan los siguientes argumentos.

regasificadora sempra Foto Olvera Jornada

Planta regasificadora en Ensenada, Baja California. Foto Francisco Olvera / Archivo La Jornada.

“Al grado de que análisis adicionales se requerirán posteriormente para elegir la ley de prescripción del estado de California sobre la ley de prescripción de México. La juez aún no ha tomado una determinación sobre su elección de leyes (entorno) al asunto. La juez no es influenciada tratante a cual elección de leyes sobre el asunto, en este caso, son pertinentes para una determinación final en este momento procesal.

“Por ejemplo, el análisis de la Juez sobre la demanda de los demandantes surge para propósitos de determinar si la ley de prestación de California aplica, y si California tiene un interés gubernamental fuerte en su aplicación de sus leyes en este asunto, beneficiarán de los hechos revelados a través del intercambio de pruebas. Intercambio de pruebas relevante a conducta que se argumenta y se desprende de las operaciones de Sempra en California, para determinar la pertinencia de cualquier elección de análisis de ley a futuro. En consecuencia, la petición presentada por Sempra para determinación final sobre la elección de leyes sobre el asunto también es prematura. Consiguientemente, la petición de Sempra para un fallo sobre documentos procesales es negada”.

Fuente:
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/02/08/niega-corte-de-eu-peticion-de-sempra-contra-mexicano-despojado-de-sus-terrenos-en-bc-1924.html

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