Congreso de BC debe reestructurar parte del SEA, ordena la SCJN

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos artículos de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) que establecían de manera ilegal la integración del Comité de Participación Ciudadana con 10 miembros técnicos con un salario, y 5 más honoríficos, lo cual transgrede lo dispuesto en la Constitución Federal.

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Ensenada, B.C., 14 de enero 2020.- Mediante un comunicado de prensa, la Suprema Corte manifestó que 9 de sus 11 magistrados votaron por anular los artículos 16 y 17 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción porque contravenían el principio de equivalencia que contiene la Ley General para el Comité Nacional de Participación Ciudadana, al existir requisitos y pagos diferentes para los miembros del comité en el estado, lo cual violaba disposiciones del Sistema Nacional Anticorrupción.

En la sentencia que puso fin a un juicio de inconstitucionalidad de 2 años que impulsó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, los ministros estimaron que los 5 integrantes honoríficos de la comisión, al estar impedidos para ocupar otro empleo, cargo o comisión, ven violados sus derechos a la igualdad, vida digna y gozar de un mínimo vital de existencia.

Sesión del pleno de la Suprema Corte (Internet)

Cabe resaltar que en el transcurso del juicio que inició en agosto del 2017, cuatro de los 10 miembros técnicos del comité dejaron el cargo y que el organismo fracasó hace un año en un intento por cobrar un sueldo mensual de 80 mil pesos que finalmente quedó en 24 mil.

En su resolución, la Suprema Corte dejó intocado el número de miembros ciudadanos que debe tener el SEA, que era otro punto de crítica porque mientras en el Sistema Nacional Anticorrupción solo hay 5, en el estatal son 15.

Una vez que se notifique al congreso local la sentencia de la SCJN, los diputados deberán reestructurar la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción con apego a la que ordena el sistema nacional.


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