AÚN CON PÍRRICA VICTORIA EN DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO, LA CONSTITUCIÓN DE BC SIGUE SIENDO INCONSTITUCIONAL EN LA MATERIA
Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los Congresos de los Estados no pueden regular el concepto de “persona” o “inicio de la vida” por ser ello “inconstitucional”, el poder legislativo de Baja California resolvió hoy no modificar el artículo 7 de la constitución local para adecuarlo a lo que ordenó el poder judicial de la federación en su declaración de invalidez del pasado 9 de septiembre.

Los diputados de BC en una de las votaciones por la despenalización del aborto (Cortesía).
Javier Cruz Aguirre / 4 Vientos / Congreso de BC / Foto destacada: Roberto Ortiz (Chiapas Paralelo)
Ensenada, B.C., México, viernes 29 de octubre del 2021.- El objeto de la iniciativa de reforma constitucional que presentó la bancada del partido Morena era suprimir del texto constitucional la porción normativa que tutela el derecho a la vida “desde el momento de la concepción” y que, desde ese momento, “se reputa como nacido para todos los efectos legales”, pero no fue aprobada debido a que para ello se requería de mayoría calificada.
En su aseveración del 9 de septiembre que declaró “inconstitucional” el “derecho a la vida” contenido en las constituciones de 17 estados del país, incluida la de Baja California, ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte argumentaron básicamente que los congresos estatales no están facultados para limitar derechos humanos; y en este caso el “derecho a la vida” acota la libertad reproductiva y el derecho a decidir de las mujeres.
Pese a ello, en pleno desacato al ordenamiento de la SCJN, nueve diputados de Baja California, incluidos dos presuntos aliados de Morena en el Partido del Trabajo (PT) -Marco Antonio Blásquez Salinas y Claudia Josefina Agatón Muñiz-, y el sedicente morenista Víctor Hugo Navarro Gutiérrez, votaron en contra del Dictamen 3 que contenía la Reforma al artículo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.
Precisamente los votos en contra de Salinas, Agatón y Navarro fueron determinantes para que 14 legisladores que votaron a favor del dictamen no alcanzaran la mayoría calificada (17 sufragios) que necesitaban para cumplir con lo dispuesto por la SCJN en la materia.
Por ello, la norma que dispone el artículo 7 de la Carta Magna de Baja California continúa siendo Inconstitucional al seguir estableciendo que:

Imagen ilustrativa (sunoticiero.com).
AVANCES PÍRRICO, PUSILÁNIME
A cambio de semejante aberración legislativa, 15 diputados de Baja California aprobaron por mayoría el Dictamen 4 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales del congreso con respeto a establecer una posibilidad legal adicional de despenalización de la interrupción legal del embarazo “que salvaguarde la salud de la mujer que toma esta decisión.”
En contra votaron nuevamente los petistas Agatón y Blásquez, así como las panistas Amintha Guadalupe Briceño Cinco, Santa Alejandrina Corral Quintero y Juan Diego Echevarría Ibarra.
También María Monserrat Rodríguez Lorenzo y Miguel Peña Chávez, del Partido Encuentro Solidario (PES), en tanto que el legislador reelecto Víctor Hugo Navarro Gutiérrez, hoy de Morena aunque en la pasada legislatura perteneció al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en esta ocasión se abstuvo de votar.
Los objetivos de las reformas al Código Penal, la Ley de Víctimas y la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California son los siguientes:
1.- Establecer nuevos elementos para la configuración del tipo penal de aborto, así como modificar la penalidad del mismo ilícito.
2.- Brindar a las víctimas de delitos sexuales servicios médicos, entre ellos exámenes, tratamientos especializados que requiera, anticoncepción de emergencia e interrupción del embarazo con absoluto respeto a sus derechos humanos.
3.- Establecer las bases jurídicas generales para la implementación de políticas públicas en materia de interrupción del embarazo, dentro del Sistema Estatal de Salud.
La Iniciativa consiste en una reforma a los artículos 132, 133, 134, 135 y 136 del Código Penal; una reforma a los artículos 30 y 33 de la Ley de Víctimas y una reforma al artículo 26 que consiste en la adición de una Sección XV al Capítulo Cuarto, denominada “De la interrupción legal del embarazo”.
Igualmente, la adición de los numerales 50 Nonies y 50 Decies de la Ley de Salud Pública, todas para el Estado de Baja California.

Imagen ilustrativa (Foto: estoeshoy.com).
¿QUÉ APROBÓ ENTONCES EL CONGRESO SOBRE EL ABORTO?
Decretó modificar cinco artículos del Código Penal local, así como la Ley de Salud Pública y la Ley de Atención a Víctimas.
En el caso del Código Penal local, con los cambios quedaría de la siguiente manera:
Art. 132: Es delito el aborto después de las 12 semana de gestación.
Art. 133: Se impondrá una pena de 3 meses a un año de prisión a la mujer que aborte después de las 12 semanas de gestación.
Art. 136. Son excluyentes de sanción penal la libre voluntad de las mujeres de abortar antes de las 12 semanas de gestación, violación, peligro de afectación grave a su salud y alteraciones genéticas o congénitas.
Respecto a estas tres modificaciones del Código Penal estatal, cabe destacar que en su decisión del pasado 8 de septiembre, con efectos generales en todo el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 199 del Código Penal de Coahuila, que limitaba a las primeras 12 semanas de gestación el plazo para que una víctima de violación pudiera abortar.
Art. 134: Aborto forzado es sin el consentimiento de la mujer embarazada con una pena de 5 a 10 años de prisión.
Art. 135: Si el aborto forzado fue realizado por especialista de la salud, además de las sanciones que les corresponda, se suspenderá el ejercicio de su profesión.
Entre otras modificaciones, en la Ley de Salud de Baja California se establecerá que si hay personal de salud objetor de conciencia, se debe canalizar a la mujer que solicite el aborto con personal no objetor.

Foto ilustrativa: ATON.
¿FRANKENSTEIN LEGISLATIVO?
Correspondió a la Maestra Maricarmen Rioseco Gallegos, fundadora del primer círculo de estudios sobre la condición de las mujeres en Baja California, del Grupo Feminista Emancipación y del Grupo de Mujeres ALÍADE Foppa; así como fundadora y coordinadora de la Red Nacional, Mujeres por un Milenio Feminista, y actualmente Consejera Consultiva del INMUJERES, presentar un estudio comparativo entre lo que diversas organizaciones feministas del estado presentaron como propuestas al congreso en materia de despenalización del aborto, y lo que finalmente aprobó la XXIV Legislatura.
Lo presentó a 4 Vientos en las siguientes imágenes: