Al fin sancionarán la continua intromisión política electoral del obispo de Mexicali Isidro Guerrero (Videos)
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la resolución emitida por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, respecto de la existencia de la violación al principio constitucional de separación Iglesia-Estado, por parte del obispo de Mexicali José Isidro Guerrero Macías.

El obispo y sus candidatos Jorge Hank y Eva María Vázquez (Portal La Maldad).
Javier Cruz Aguirre / 4 Vientos / Foto principal: El controversial obispo de Mexicali (Captura de pantalla en Youtube)
Ensenada, B.C., México, miércoles 12 de enero del 2021.- Ello luego de que el religioso católico hizo una serie de manifestaciones a favor del Partido Encuentro Solidario (PES), de ideología cristiana; del candidato a la gubernatura del estado por ese partido, Jorge Hank Rhon; de la coalición “Alianza Va por Baja California” -integrada por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática-; así como de la candidata de esa asociación electoral a la presidencia municipal de Mexicali, la panista Eva María Vásquez Hernández.
La denuncia se presentó en abril de 2021 y fue resuelta en noviembre por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California que declaró:
1.- Existente la infracción al artículo 130 de la Constitución Federal, atribuida al obispo de Mexicali, por la intervención en el proceso electoral que se celebró en Baja California el año pasado.
2.- Inexistente la violación atribuida a las dos personas que fueron postuladas a una candidatura, así como a la coalición y partido político denunciados.
Inconforme con lo anterior, el Obispo de Mexicali presentó un juicio electoral alegando, principalmente, que sus expresiones se realizaron en el ejercicio de su libertad de creencia y de culto.
Esto, a decir del jerarca religioso, porque sus dichos solo tuvieron por objeto “pedir una oración a favor de sus feligreses, y no así inducir al voto a los ciudadanos,” por lo que “no constituyen una infracción” al artículo 130 constitucional.

Tal para cual: Hank Papa y Guerrero obispo (Imagen: Portal apestan.com).
En este caso, en sesión pública por videoconferencia y a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, se confirmó la sentencia del Tribunal local al considerar que las infracciones atribuidas al obispo las pueden conocer las autoridades electorales locales, por estar relacionadas con las elecciones locales (para gobernador y ayuntamiento).
La sentencia al expediente SUP-JE-267/2021 se aprobó por mayoría de votos de los ministros presentes, con el voto particular en contra del magistrado Felipe de la Mata Pizaña.
Respecto de las manifestaciones realizadas por el ministro de culto, el pleno consideró que, “efectivamente, exceden el marco de la protección del derecho a la libertad de culto, ya que en reiteradas ocasiones el obispo hizo referencia a los candidatos o a los partidos que los postularon”.
Además, el obispo se refirió a sus planteamientos políticos “en defensa de la vida y de la familia, lo cual los hace identificables frente a la sociedad.”
Igualmente, los ministros subrayaron que las expresiones de José Isidro Guerrero Macías se realizaron durante el periodo de campaña en el estado de Baja California, en el proceso electoral 2020-2021.
“Por tanto, se confirmó la violación al principio de separación Iglesia-Estado a cargo del obispo de Mexicali”, concluyó el máximo tribunal electoral del país.
Al ratificar la existencia de la infracción al principio constitucional de separación Iglesia–Estado, el TEPJF “acordó también dar vista” (informar) de su decisión a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, a efecto de que sea esa dependencia federal, en el ámbito de sus atribuciones, quien determine la sanción que se aplicará al infractor.
En abril del año pasado, el obispo, en una misa en la catedral de Mexicali, promovió el voto a favor de la panista Eva María Vázquez, candidata de la derechista coalición “Alianza Va por Baja California” a la presidencia municipal de Mexicali.
“Para mí –dijo en su mensaje a los feligreses-, es la única candidata que habla de la vida, que defiende a la familia”, por lo que bendijo a la candidata y a su equipo de campaña quienes días antes se pronunciaron abiertamente en contra de la adopción homoparental en la entidad.
En ese mismo mes del 2021 hizo lo mismo en otra misa para promover el voto a favor de Jorge Hank, entonces candidato del PES a la gubernatura.
En plena celebración religiosa, Guerrero Macías cuestionó en donde quedó la “bandera azul” –en obvia referencia al partido PAN- “que se manifiesta en favor de la vida y la familia.”
Entonces, afirmó que “ahora es una bandera morada –la del PES- la que ondea en favor de los valores tradicionales, aunque, en este caso, no sean los católicos quienes la enarbolan.”
Por ello, certificó que “el candidato (Hank Rhon) es un hombre al que admiro debido a que va por la vida y la familia”, por lo que abiertamente pidió a los parroquianos que lo escuchaban a que dijeran “una oración” por él político priista.
No es la primera vez que el obispo de Mexicali tiene problemas con el poder judicial de la federación. En septiembre del 2011, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desmintió las declaraciones de Isidro Guerrero sobre que una llamada del entonces Papa Benedicto XVI dio el voto necesario para que se mantuviera vigente la reforma antiaborto que la legislación panista aprobó para Baja California.
El católico mintió al decir que “ayer casi perdíamos (la reforma constitucional), pero una llamada del Papa a no sé quién, no me pregunten, cambió todo (…) Querían aprobar el aborto a las nueve semanas (de gestación)”, pero “el Papa participó, los gobernadores y hasta el presidente (entonces Felipe Calderón Hinojosa) participaron en esta ley a favor de la vida”.
Horas después de sus afirmaciones, la Presidencia de la República y el vocero de la Suprema Corte –Jorge Camargo-se deslindaron del obispo e informaron que tal llamada de Benedicto XVI no existió.