2,100 trabajadores de Telnor rechazan la Separación Funcional de la empresa con Telmex, que ordenó la SCJN
El pasado 11 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó el Plan de Separación Funcional de Telmex y Telnor que ordenó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en febrero de 2017, por lo que rechazó el amparo que promovió el empresario Carlos Slim contra esa medida.
4 Vientos / El Sol de México
Ensenada, B.C., 11 de septiembre 2019.- La decisión jurídica que busca asegurar que los operadores tengan acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución política del país, afectará directamente a dos mil 100 trabajadores de la compañía Teléfonos del Noroeste (Telnor).
Por ello, indicó Raquel Machado Sepúlveda, el Sindicato de Telefonistas de la Baja California y Sonora (Sindetel) realizará mañana jueves 12 de septiembre, a las 7 de la tarde, un mitin de protesta por la separación funcional de Telnor, tal y como lo acordaron por unanimidad los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte.
Antes, dijo la Secretaria General del Sindetel, la directiva del gremio dará una rueda de prensa, a las 10 horas en las oficinas del sindicato –avenida Rayón 272 de la colonia Obrera, en Ensenada-, lugar en donde por la tarde se realizará el acto de protesta.
A los medios de Ensenada, Raquel Machado dará a conocer los detalles de la Separación Funcional de las dos empresas de Carlos Slim Helú, y si continúa el plan del sindicato de estallar una huelga general en Telnor en los primeros meses del 2020, tal y como lo informó el pasado 29 de agosto.
“No hay garantía de que la nueva compañía tendrá fondos para solventar el pasivo laboral. Se tendría que fondear la nueva empresa, lo que se supone ya hizo Telnor, pero ahorita ya hay problemas financieros por las medidas que implementó Ifetel. Y tal vez al año o dos años pueda declararse en quiebra y por ende perder los derechos que hemos tenido durante tanto tiempo”, dijo ese día en Tijuana.

Raquel Machado, Secretaria General del Sindetel (Foto: Jorge Galindo / La Voz de la Frontera).
También reveló al diario La Voz de la Frontera que la interconexión cero en los operadores, así como la eliminación del cobro de la larga distancia, agravó la situación económica de Tenor y en 2018 Telmex ya no reportó utilidades a sus trabajadores.
En su resolución del 11 de junio, los magistrados analizaron la aprobación del Plan Final del IFT, que señala que el Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones (Slim) deberá crear dos empresas, a partir de Telmex y Telnor, que prestarán servicios de acceso a la red local, así como los enlaces dedicados locales e infraestructura pasiva asociados a dicha red, a otros operadores en condiciones no discriminatorias.
En información que se publicó en medios de la capital del país, se destacó que ante la acción de la SCJN, Banco Inbursa y Grupo Carso promovieron un amparo ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones en contra del Plan de Separación, el cual fue admitido.
La impugnación de Carlos Slim iba en contra la resolución del IFT en el sentido que el consorcio conformado por Telmex se desagregue en varias empresas, luego de que la firma del empresario mexicano fue declarada como agente económico preponderante.
El proceso, conocido como “separación funcional”, fue valido por los ministros de la segunda sala, quienes determinaron que la orden del IFT tiene la finalidad de lograr condiciones equitativas en el mercado de telecomuniciones.

Foto: Vanguardia.
Los actos reclamados por la empresa controlada por Carlos Slim derivan del acuerdo P/IFT/EXT/270218/130, del 27 de febrero de este año, mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el plan para implementar la separación funcional.
De acuerdo a la resolución de febrero de 2017 del IFT, el Agente Económico Preponderante (AEP) contará con dos años para implementar la separación funcional, durante el cual deberá presentar ante el Instituto un plan de transferencia de recursos (activos y pasivos), uno de migración de personal y otro de elementos de red e infraestructura.
El AEP será responsable de la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas mayoristas y deberá respetar en todo momento los derechos laborales de los trabajadores, ordenó la SCJN.
La separación funcional fue ordenada por el IFT el 27 de febrero de 2017 como resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEP.

SCJN va por el respeto pleno a la constitución en el tema de evitar monopolios (Imagen: El Sol de México)
En dicha revisión se determinó la pertinencia de separar funcionalmente a la empresa que tiene la red local de mayor cobertura en el territorio nacional como una medida adicional, para asegurar que los operadores tengan acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución.
Señala por último que esta medida es consistente con las mejores prácticas internacionales implementadas en países como Reino Unido, Nueva Zelanda y Australia, en donde se ha incrementado el acceso a la red del operador histórico por parte de los competidores y, con ello, la penetración del servicio de banda ancha fija.