REDES DE PODER: La Ley de Ejecución Penal
La Ley Nacional de Ejecución Penal es parte de la nueva miscelanea penal que se aprobó hace algunos meses.
Alfonso Torres Chávez/ A Los 4 vientos
Las disposiciones en materia penal que se aparejaron con la reforma, blindan el sistema contra fallas aunque no lo hacen infalible.
El Nuevo Sistema de Justicia Penal nos da una visión completa de lo que debería de ser este NSJP.
El sistema es falible y puede estar sujeto a correcciones. Las consecuencias de la Ley de Justicia Penal para menores es fatal. Está plagada de problemas legislativos.
No define lo que se entiende por menor, no protege los derechos de los menores. Viola de forma flagrante la Declaración de los Derechos de los Niños de 1989.
Los menores son sujetos especiales del derecho penal.
La vida de los menores en reclusión es tema aparte. El fin de la prisión se cuestiona desde hace por lo menos veinte años.

La reforma constitucional nos trajo nuevos paradigmas sobre la pena y los objetivos de la prisión.
La prisión no cumple desde hace siglos sus fines prácticos. No rehabilita, no reintegra y no reinserta.
La constitución en su texto, no aclara conceptos. Habla de reintegración, de rehabilitación y de reinserción sin hacer distinción de vocablos.
Los problemas constitucionales de la reforma son punto y aparte.
Las reformas fueron sucesivas. La penal en 2008 y la de derechos humanos en 2011.
La ruta de conciliación es también uno de los nuevos mecanismos del derecho penal.
Es por ello que la reforma tiene nuevos fondos.
Los artículos constitucionales relativos a la reforma del sistema penal habría que redefinirlos nuevamente, realizar un nuevo estudio valdría la pena.
* Alfonso Torres Chávez. Licenciado en Derecho por la UABC. Maestro en Derecho, Facultad de Derecho UIA- Tijuana. Especialista en Derecho Constitucional y Amparo. Académico-Investigador del Centro Universitario de Tijuana campus Ensenada. alfonsotorr@gmail.com